Recupero de gastos sanitarios a extranjeros no residentes: una oportunidad que las provincias y municipios deben anticipar

Recupero de gastos sanitarios a extranjeros no residentes en hospitales públicos

La discusión sobre el recupero de los costos de atención sanitaria a extranjeros no residentes tomó una nueva dimensión a partir del DNU 366/2025. Pero para quienes trabajamos en la gestión sanitaria, el desafío no comenzó allí: hace tiempo venimos analizando cómo transformar esta problemática en una oportunidad concreta de sustentabilidad para los sistemas públicos de salud.


Durante los últimos años comenzó a instalarse con mayor fuerza una pregunta que atraviesa a los sistemas públicos de salud de todo el país:

¿Quién debe afrontar el costo de la atención sanitaria de una persona extranjera que no reside en la Argentina?

La discusión tomó una nueva dimensión a partir del Decreto de Necesidad y Urgencia 366/2025, que modificó la Ley de Migraciones y estableció nuevas condiciones para el acceso de extranjeros no residentes a determinadas prestaciones sanitarias en establecimientos administrados por el Estado Nacional.

Pero desde nuestra perspectiva, el debate no comenzó con el DNU.

El recupero comienza mucho antes de la facturación: comienza en la correcta identificación y registro de la prestación.

En distintas jurisdicciones ya existían antecedentes de mecanismos destinados a recuperar los costos derivados de la atención de personas sin residencia permanente, especialmente en zonas con circulación fronteriza o turística.

Es decir: la necesidad de recuperar el costo de determinadas prestaciones sanitarias no es nueva. Lo nuevo es que la discusión comenzó a adquirir una dimensión nacional y a instalarse con mayor claridad en la agenda pública.

El DNU abrió una puerta. Ahora las provincias deben definir cómo atravesarla.

El Decreto 366/2025 estableció que, en los establecimientos sanitarios administrados por el Estado Nacional, las personas extranjeras no residentes deben contar con un seguro de salud o afrontar previamente el costo de determinadas atenciones, con la excepción de las situaciones de emergencia.

Sin embargo, el sistema sanitario argentino no funciona como una única estructura administrativa.

Las provincias poseen sus propios sistemas de salud, hospitales, centros asistenciales y marcos normativos. Y dentro de ellas existen, además, sistemas municipales con realidades y modelos de gestión diferentes.

Por eso, la discusión no termina con una norma nacional.

El verdadero desafío consiste en que cada jurisdicción determine cómo adaptar este nuevo escenario a su propio sistema sanitario y establezca las condiciones necesarias para que el recupero pueda realizarse de manera efectiva.

¿Qué debería definir cada jurisdicción?

  • qué prestaciones pueden ser alcanzadas;
  • quiénes serán considerados no residentes;
  • qué situaciones quedarán exceptuadas;
  • cómo se acreditará la condición de residencia;
  • qué aranceles se aplicarán;
  • quién será responsable de facturar;
  • cómo se realizará el cobro;
  • cómo se registrará la prestación;
  • qué documentación deberá generarse;
  • cómo se integrará todo esto al circuito administrativo habitual del establecimiento.

No alcanza con autorizar el cobro

Crear la posibilidad jurídica de cobrar no significa necesariamente recuperar dinero.

Si alguno de estos pasos falla, la oportunidad de recupero puede perderse

Y esto es especialmente importante en hospitales municipales, donde muchas veces la atención se registra correctamente desde el punto de vista asistencial, pero no necesariamente se encuentra preparado el circuito administrativo para identificar al paciente no residente, determinar quién debe asumir el costo y transformar esa prestación en un ingreso efectivo para el sistema de salud.

Las provincias tienen una oportunidad para anticiparse

La experiencia demuestra que no existe una única forma de implementar estos mecanismos.

Algunas jurisdicciones ya avanzaron mediante leyes, decretos u otras herramientas normativas. Existen antecedentes provinciales en los que se establece que la atención de urgencia o emergencia debe garantizarse y que posteriormente el Estado puede arbitrar los mecanismos necesarios para recuperar los gastos ocasionados.

Las provincias no necesariamente tienen que esperar a que exista una norma nacional específica para comenzar a diseñar su propio esquema.

Pueden adaptar su marco normativo, establecer procedimientos propios o generar las condiciones necesarias para que los establecimientos públicos puedan recuperar los costos de determinadas prestaciones.

Y lo mismo puede analizarse a nivel municipal, siempre dentro del marco jurídico correspondiente a cada jurisdicción.

El desafío no es solamente normativo. Es de gestión.

Una norma puede habilitar un mecanismo de recupero, pero si el establecimiento no cuenta con un circuito preparado para identificar, registrar, valorizar, facturar y cobrar esas prestaciones, la oportunidad económica puede perderse.

Del marco normativo al recupero efectivo

Para que esta posibilidad se transforme en recursos concretos para el sistema de salud, cada jurisdicción debe pensar el proceso de manera integral.

Esto implica definir:

  • Qué prestaciones pueden ser recuperadas.
  • A quién corresponde facturar.
  • Cómo identificar al paciente no residente.
  • Qué documentación debe respaldar la atención.
  • Qué aranceles corresponde aplicar.
  • Cómo se realizará la facturación y el cobro.
  • Quién hará el seguimiento de las cuentas pendientes.

El recupero no empieza cuando se emite una factura. Empieza cuando se registra correctamente la atención.

¿Y qué significa esto para los municipios?

Para los municipios que cuentan con hospitales, centros de salud o servicios asistenciales propios, el escenario plantea una oportunidad concreta: revisar si actualmente están preparados para recuperar los costos de las prestaciones que correspondan a personas extranjeras no residentes.

No se trata solamente de incorporar una nueva modalidad de facturación. Se trata de verificar que exista un circuito que permita detectar la prestación, documentarla correctamente y convertirla en un recupero efectivo.

Atender es garantizar el derecho a la salud. Recuperar el costo correspondiente es gestionar responsablemente los recursos públicos.

Una oportunidad que requiere preparación

Desde Consultora HPGD venimos trabajando esta problemática desde antes de que el tema adquiriera la dimensión que hoy tiene en la agenda nacional.

Nuestra mirada parte de una premisa sencilla: no alcanza con que exista una posibilidad normativa de recuperar. Hay que construir el circuito administrativo y operativo que permita hacerlo realidad.

Esto requiere analizar el marco aplicable en cada jurisdicción, los procedimientos existentes y la capacidad real de cada establecimiento para identificar, registrar, facturar y realizar el seguimiento de estas prestaciones.

El momento de prepararse es ahora

Las provincias y municipios tienen por delante la posibilidad de anticiparse, analizar sus herramientas normativas y preparar sus sistemas de salud para que, cuando el mecanismo corresponda, el recupero no quede solamente en una posibilidad teórica.

Porque cada prestación que no se identifica, no se registra o no se factura correctamente puede convertirse en un costo que termina absorbiendo el propio sistema público.

La sustentabilidad del sistema de salud también se construye recuperando correctamente los recursos que le corresponden.

¿Tu municipio está preparado para recuperar estas prestaciones?

Podemos analizar el circuito actual de tu establecimiento, detectar oportunidades de recupero y evaluar qué aspectos normativos, administrativos y operativos deberían adecuarse.

Consultora HPGD | Recupero inteligente para fortalecer la sustentabilidad financiera de los hospitales públicos.

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